La transformación digital del sistema tributario en el Perú ha convertido la emisión de comprobantes de pago electrónicos en una obligación legal para la gran mayoría de contribuyentes. Tanto si operas como Persona Natural con Negocio como si constituyiste una empresa (E.I.R.L., S.A.C., entre otras), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) pone a disposición de las Mypes el Sistema de Emisión Electrónica desde SOL (SEE-SOL).
Esta herramienta gratuita permite emitir Facturas y Boletas de Venta Electrónicas sin necesidad de adquirir un software comercial o contratar un proveedor de servicios de facturación (PSE). A continuación, se presenta un manual práctico para gestionar tus comprobantes desde la plataforma oficial.
Antes de generar tu primera boleta o factura electrónica a través de SUNAT Operaciones en Línea (SOL), debes verificar el cumplimiento de los siguientes requisitos administrativos:
- RUC Activo y Habido: Tu Registro Único de Contribuyentes debe encontrarse en estado ACTIVO y la condición de tu domicilio fiscal debe ser HABIDO.
- Clave SOL Activa: Contar con tu usuario y contraseña de Clave SOL, o haber configurado el acceso DNIe/App Personas.
- Régimen Tributario Apto: Pertenecer al RER, Régimen MYPE Tributario o Régimen General para la emisión de facturas. (Los contribuyentes del NRUS solo pueden emitir Boletas de Venta Electrónicas o Guías de Traslado desde esta plataforma).
- Afectación de Tributos: Contar con la afectación al IGV e Impuesto a la Renta registrada en tu Ficha RUC.
La Factura Electrónica se emite cuando el comprador cuenta con RUC y requiere sustentar gasto, costo para efecto tributario o utilizar el crédito fiscal del IGV.
FLUJO DE EMISIÓN DE FACTURA ELECTRÓNICA
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| 1. INGRESO A SUNAT SOL |
| Acceder a Empresas / Emisión de Factura Electrónica |
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| 2. REGISTRO DEL RECEPTOR |
| Ingresar RUC del cliente y seleccionar tipo de transacción |
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| 3. ADICIÓN DE BIENES O SERVICIOS |
| Detallar descripción, cantidad, valor unitario e impuestos |
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| 4. PREVISUALIZACIÓN Y EMISIÓN |
| Validar datos finales y hacer clic en "Emitir" |
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1.Ingresar al Portal SOL:Acceso con RUC y Clave SOL.
Ingresa a www.sunat.gob.pe, selecciona Trámites y Consultas e inicia sesión con tu RUC, usuario y Clave SOL.
2.Ubicar la Opciones de Comprobantes:
Navega en el menú lateral: Empresas > Comprobantes de Pago > SEE – SOL > Factura Electrónica > Emitir Factura.
3.Ingresar los Datos del Cliente:
Indica si la factura es al contado o al crédito. Introduce el RUC del cliente; el sistema validará automáticamente la Razón Social y la condición del domicilio.
4.Agregar el Detalle de la Venta:
Haz clic en Adicionar. Selecciona si se trata de un Bien o un Servicio, especifica la cantidad, la unidad de medida y el valor unitario (precio antes de IGV). El sistema calculará el IGV (18%) y el importe total de forma automática.
5.Revisión y Emisión Final:
Haz clic en Continuar. Revisa el borrador preliminar de la factura electrónica. Si los datos son correctos, presiona Emitir. Podrás descargar el archivo XML y la representación impresa en formato PDF.
La Boleta de Venta Electrónica se otorga a consumidores finales que no requieren sustentar crédito fiscal ni gastos para fines tributarios.
- Identificación del comprador: Si el importe total de la boleta de venta supera los S/ 700.00, es obligatorio consignar los datos de identificación del comprador (Tipo y Número de DNI, o Pasaporte/Carnet de Extranjería), así como sus nombres y apellidos completos.
- Proceso en el sistema: La ruta de acceso es Empresas > Comprobantes de Pago > SEE – SOL > Boleta de Venta Electrónica > Emitir Boleta. El procedimiento de llenado de ítems e importes es idéntico al de la factura.
| Característica | Factura Electrónica | Boleta de Venta Electrónica |
| Destinatario | Empresas o Personas Naturales con RUC | Consumidores finales (Público general) |
| Crédito Fiscal (IGV) | Permite al comprador usar el IGV como crédito | No otorga crédito fiscal |
| Sustento de Gasto/Costo | Sí, válido para deducción del Impuesto a la Renta | No permite deducción de costos/gastos |
| Identificación Obligatoria | Siempre exige RUC | Obligatoria solo en montos mayores a S/ 700 |
| Regímenes Permitidos | RER, MYPE Tributario, Régimen General | NRUS, RER, MYPE Tributario, Régimen General |
Una vez emitido un comprobante electrónico en el portal de la SUNAT, este no se puede borrar ni modificar directamente. Para realizar correcciones, el sistema ofrece mecanismos legales específicos:
- Error en el monto, anulación o devolución de mercadería: Debes emitir una Nota de Crédito Electrónica vinculada a la factura o boleta original. Esto anula total o parcialmente el valor del comprobante.
- Aumento en el valor o cobro de penalidades: Se debe generar una Nota de Débito Electrónica para incrementar el monto del comprobante emitido previamente.
- Plazos de conservación: Aunque la SUNAT almacena los comprobantes en sus servidores, es una buena práctica contable descargar y guardar mensualmente los archivos PDF y XML de tus ventas en un almacenamiento seguro en la nube.
El uso del portal SEE-SOL de la SUNAT representa una alternativa costo-eficiente para que los emprendedores cumplan con la normativa tributaria sin incurrir en gastos de software adicionales. Dominar la emisión correcta de facturas y boletas electrónicas previene contingencias fiscales, facilita la declaración mensual de impuestos y proyecta una imagen de formalidad y transparencia ante tus clientes.
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