Tabla de Gradualidad y Multas SUNAT por Declarar Fuera de Plazo en 2026: Guía para Mypes
Una de las situaciones más comunes para cualquier emprendedor o microempresario en el Perú es olvidar declarar a tiempo sus impuestos mensuales (Formulario Declara Fácil 621). Cometer este descuido genera automáticamente una sanción administrativa ante la SUNAT. Sin embargo, el Código Tributario contempla el Régimen de Gradualidad, una herramienta legal que te permite reducir el monto de la multa hasta en un 95% o 100% si corriges la falta de forma voluntaria.
La multa por no presentar las declaraciones juradas dentro de las fechas establecidas en el cronograma mensual (según el último dígito del RUC) está tipificada en el Artículo 176°, numeral 1 del Código Tributario.
El cálculo de la sanción varía según el régimen tributario de tu empresa y la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente en 2026:
| Régimen Tributario | Base de Cálculo de la Multa | Multa Base Sin Descuento |
| Régimen General y MYPE Tributario | 1 UIT completa | S/ 5,350 |
| Régimen Especial de Renta (RER) | 50% de 1 UIT | S/ 2,675 |
| Nuevo RUS (NRUS) | Cierre de local o 0.6% de los ingresos (Categoría 1 ó 2) | Sujeto a la Tabla III del Código Tributario |
Nota: Para el cálculo de infracciones tributarias cometidas durante el año 2026, la SUNAT toma como referencia el valor de la UIT oficial fijada para dicho ejercicio.
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El beneficio de la gradualidad depende estrictamente del momento en que subsanas la infracción (si te das cuenta tú mismo o si la SUNAT ya te notificó):
- Rebaja del 90%: Si presentas la declaración fuera de plazo y pagas la multa rebajada al mismo tiempo.
- Rebaja del 80%: Si presentas la declaración pendiente, pero no pagas la multa en ese instante (solo subsanas la obligación formal).
- Rebaja del 60%: Si subsanas y pagas la multa dentro del plazo otorgado en la notificación de la SUNAT.
- Rebaja del 50%: Si subsanas la declaración pero pagas la multa con posterioridad a la fecha límite fijada por el fisco.
Imagina que tu empresa pertenece al Régimen MYPE Tributario. La fecha límite para declarar el periodo de agosto venció el día 15 de septiembre, pero por un descuido lo recordaste el día 20 del mismo mes.
1. Multa Base (1 UIT): S/ 5,350
2. Aplicación de Gradualidad (Subsanación voluntaria con pago inmediato):
Descuento aplicado: 90%
3. Cálculo:
S/ 5,350 x 10% = S/ 535
4. Resultado:
Monto final a pagar de multa = S/ 535 + Intereses moratorios diarios
- Presenta la declaración pendiente: Ingresa al portal de SUNAT Operaciones en Línea (SOL), dirígete a la sección Mis Declaraciones y Pagos y envía el Declara Fácil 621 del periodo vencido.
- Calcula el interés moratorio: Aplica la Tasa de Interés Moratorio (TIM) diaria vigente a la multa rebajada por cada día de retraso desde la fecha límite de vencimiento hasta la fecha de pago.
- Genera la Boleta de Pago (Formulario 1662):
- Código de Infracción:
6041(Declaraciones no presentadas). - Código de Faltas Asociado: Indicar el periodo tributario correspondiente (ejemplo:
08-2026).
- Código de Infracción:
- Efectúa el pago: Realiza el pago en línea con tarjeta de débito/crédito, banca por internet o mediante un Número de Pago SUNAT (NPS) en agencias bancarias o agentes autorizados.
- Revisa el Cronograma Anual: Descarga y ten a la mano el calendario mensual de vencimientos publicado por la SUNAT según el último dígito de tu RUC.
- Declara aunque no tengas ventas: Si durante el mes la empresa no tuvo movimiento ni compras, estás obligado a presentar la declaración mensual en “cero” para evitar la sanción de la multa base.
- Activa las alertas del buzón electrónico: Revisa periódicamente la clave SOL para detectar cualquier notificación temprana antes de perder el beneficio del 90% de descuento.
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Por: Elizabeth H.R – Especialista en Finanzas y Contabilidad para Emprendedores en Perú en colaboración con FINMARK
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